Los Cinco Héroes antiterroristas cubanos.
Son cinco profesionales cubanos, de los cuales, cuatro se encuentran aún prisioneros en cárceles norteamericanas, sufriendo la lejanía de sus seres queridos y de su patria natal, víctimas de confinamientos, vejámenes y atropellos. Sobre ellos pesan largas condenas, absurdamente acusados de espías que ponían en peligro la seguridad de Estados Unidos y de conspiradores despiadados que provocaron la muerte de seres humanos. Su caso es típico de los juicios políticos que Estados Unidos critica como contrarios al respeto por los derechos humanos cuando tienen lugar en otros países. También es probable que este caso, a menos que se invalide en la apelación, sea citado como precedente para negarle un juicio justo a otros hombres y mujeres encausados en los Estados Unidos. Su lucha por la dignidad y la defensa de sus ideas ha generado un movimiento a nivel internacional a favor de su liberación.
Quiénes son?
Los Cinco héroes antiterroristas, Gerardo Hernández Nordelo, Ramón Labañino Salazar, Antonio Guerrero Rodríguez, Fernando González Llort, y René González Sehwerert son los cinco cubanos que decidieron dedicar sus vidas, lejos de su patria, a la lucha contra el terrorismo en la ciudad de Miami, centro principal de las agresiones contra Cuba, siendo arrestados en La Florida en septiembre de 1998, enjuiciados y condenados en el único lugar donde no podían tener un juicio justo: Miami.
Historia.
Misión
Entre las actividades terroristas de esos grupos se cuentan numerosos sabotajes y agresiones contra Cuba, con saldo de miles de muertos, heridos y grandes pérdidas económicas, contrabando de armas, drogas y personas e, incluso, han fraguado cientos de planes para tratar de asesinar al presidente cubano Fidel Castro y realizado acciones terroristas en el propio territorio estadounidense y en terceros países. Detención
El 12 de septiembre de 1998 son detenidas diez personas, en un operativo del Buró Federal de Investigaciones contra una supuesta red de espías a las 5:30 am. El FBI identifica entre ellas a René González, Antonio Guerrero, Luis Medina (Ramón Labañino), Rubén Campa (Fernando González Llort) y Manuel Viramontes (Gerardo Hernández Nordelo). Son conducidos al Cuartel General del FBI en Miami, para una entrevista de “convencimiento” a colaborar y traicionar a cambio de ciertas promesas, presiones y chantajes. Después de varios intentos fallidos, los llevaron en auto al Federal Detention Center (FDC) de Miami, en el corazón mismo del Downtown Miami. El Jefe del FBI de Miami desde el mes de mayo de ese año, Héctor Pesquera, avisa del arresto primero que a nadie a Ileana Ross Lehtinen y a Lincoln Díaz-Balart. En lo que se ha convertido en un tratamiento común para aquellos cuyas creencias políticas o religiosas u origen nacional se consideren sospechosos en los Estados Unidos, a los cinco cubanos se les mantuvo sin fianza durante los 33 meses transcurridos entre el arresto y el juicio.
Todos los arrestos se realizaron sin incidentes, y no hubo señales de que poseyeran arma alguna o de que hubiesen llevado una vida que no fuese la de miembros pacíficos de la comunidad. Dos de ellos son ciudadanos estadounidenses, pues nacieron en los Estados Unidos de padres cubanos que escaparon del reino de corrupción y terror del dictador cubano Fulgencio Batista. Todos eran bien vistos en las comunidades donde vivían y trabajaban. A pesar de todo eso, no solo se les negó el derecho a una fianza, sino que también se les mantuvo, durante 17 meses, en celdas de confinamiento solitario utilizadas para castigar a los prisioneros culpables de agresión y otras conductas violentas tras haber sido sentenciados.
Fueron completamente separados de sus familiares e hijos menores, y ni siquiera podían comunicarse entre sí. Sin embargo, incluso en estas condiciones extremas, la fiscalía fracasó en sus objetivos de desorientar y desesperar a los arrestados hasta el punto de que alguno o varios de ellos hicieran falsas confesiones e implicara a otros a cambio de una promesa de indulgencia. Por el contrario, fueron al juicio con la verdad como defensa, citando a oficiales retirados del ejército de los Estados Unidos y a cabecillas de grupos radicados en Miami que conspiran para derrocar al gobierno de Cuba, con el fin de demostrar que su único delito había sido el uso de identidades falsas (con excepción de Antonio Guerrero y René González, quienes eran ciudadanos estadounidenses y utilizaron sus verdaderas identidades) para así poder ayudar a proteger a su país de la violencia perpetrada por organizaciones radicadas en territorio norteamericano y evaluar la probabilidad de un ataque militar por parte de Estados Unidos. Violaciones del proceso
Los cinco fueron sometidos a un juicio manipulado en la propia ciudad de Miami, completamente hostil y dominada por la mafia de origen cubano, donde era imposible realizar un proceso justo e imparcial, a tenor con las propias leyes de los Estados Unidos y del Derecho Internacional. Los sectores anticubanos desataron una falaz e intensa campaña propagandística para presionar a la opinión pública de Miami y al jurado, lo que fue reiteradamente denunciado por los abogados de la Defensa, quienes presentaron varias mociones de solicitud de un cambio de sede que fueron rechazadas. " (...) a nadie se le privará de la libertad sin el debido proceso legal (...) "
Y también se viola la Sexta Enmienda de la Constitución de Estados Unidos que señala:
"(...) en toda causa criminal, el acusado gozará de ser juzgado rápidamente y en público por un jurado imparcial (...)"
Durante todo el proceso legal las autoridades obstaculizaron el trabajo de la Defensa al demorar y limitar el acceso sólo al 20 % de la documentación sospechosamente clasificada como secreta y aún, se les impide acceder a esos miles de documentos para sustentar el proceso de apelación.
Los cargos imputados
Conspiración para cometer asesinato en primer grado
Gerardo Hernández fue el único acusado de este cargo por propiciar supuestamente el derribo, el 24 de febrero de 1996, de dos avionetas de la organización terrorista Hermanos al Rescate. Al final del proceso la Fiscalía comprendió que no podía probar este cargo según las instrucciones dadas por la jueza por lo cual solicitó a la Corte de Apelaciones de Atlanta fuera desestimado. La apelación no prosperó y contrario a toda lógica, el jurado lo declaro culpable. Conspiración para cometer espionaje
De este cargo fueron instruidos Gerardo Hernández, Ramón Labañino y Antonio Guerrero. Ninguno de ellos realizó actividades de espionaje contra Estados Unidos pues, según establece la ley norteamericana, un espía es aquella persona que roba u obtiene documentación clasificada como secreta, debidamente resguardada con el propósito de entregarse a un gobierno extranjero. Durante el juicio no hubo evidencias de que ellos hubiesen obtenido información del gobierno de los Estados Unidos o información peligrosa para la seguridad de este país.
Varios expertos y autoridades, como los generales Charles Whilhem y Edward Atkinson, el almirante Eugene Carol y el coronel George Buckner testificaron que los acusados no tenían acceso a información clasificada e incluso James Clapper, ex director de la Agencia de Inteligencia del Pentágono, testigo de la Fiscalía, reconoció que los acusados no habían realizado espionaje contra Estados Unidos, sin embargo, sus testimonios no fueron tomados en cuenta, lo que ratifica la arbitrariedad del fraudulento proceso de marcado signo político. Los cinco cubanos tenían exclusivamente la misión de obtener información sobre los planes de los grupos terroristas radicados en el sur de La Florida los que, más allá de los desatinos del proceso judicial, no forman parte del gobierno de Estados Unidos.
Conspiración para cometer delito contra Estados Unidos
De este cargo fueron acusados los cinco cubanos cuando ellos exclusivamente buscaban información sobre los planes que fraguaban las organizaciones terroristas radicadas en Miami y, bajo ningún concepto, otras que pudieran afectar la seguridad nacional de Estados Unidos, lo que fue probado por la Defensa y ratificado por varios testigos durante el proceso.
Identidad y documentación falsa
Para poder penetrar y enfrentar los planes de esas organizaciones, tres de los cinco luchadores antiterroristas se vieron ante la necesidad de ocultar sus verdaderas identidades.
En Derecho existe la doctrina de Estado de Necesidad la cual sostiene que para evitar la comisión de un delito mayor - en este caso asesinatos y actos de terrorismo - justifica se pueda incurrir en delitos menores, como utilizar identidad y documentación falsas para proteger sus actividades y sus vidas, tomando en cuenta que los cinco jóvenes actuarían en medio de grupos de asesinos y terroristas de largo historial. Agentes no registrados de un gobierno extranjero
Tomando en consideración los objetivos de su trabajo, los peligros que este entrañaba y la sistemática política de hostilidad del gobierno de los Estados Unidos contra Cuba no era posible que los cinco se registrasen como agentes del gobierno cubano.
Es un hecho ampliamente conocido que esos grupos terroristas y sus cabecillas actúan impunemente en Miami y gozan de la protección de sus autoridades. El propio jefe del Buró del FBI en Miami, Héctor Pesquera, declaró que los dirigentes de la Fundación Nacional Cubano Americana y del Consejo por la Libertad de Cuba eran personas respetables y de absoluta confianza, reiterando que jamás investigarían oficialmente las actividades de aquellos que auspician y financian las acciones terroristas contra Cuba.
Si ambas organizaciones son las principales responsables de la mayoría de los actos terroristas cometidos contra Cuba en los últimos 15 años, ¿Que les hubiera pasado a los Cinco si se hubieran registrado ante las autoridades de Miami como personas que trabajan para el gobierno de Cuba? Por eso es que se vieron forzados a no registrarse como agentes de un gobierno extranjero.
El Juicio, con sede en Miami
"Cuando se trata de Cuba, Miami es un lugar imposible para hacer justicia"
Antonio Guerrero
Le dijo Antonio Guerrero a la jueza en el momento de su sentencia. Para entonces, la defensa había presentado no menos de cinco recursos para trasladar el juicio a un lugar más neutral. Era obvio que Miami era el último lugar en el mundo en que los cinco cubanos podían tener un juicio justo. Las ciencias sociales confirman la afirmación de Guerrero. Uno de los principales expertos de la nación en el fenómeno del exilio cubano, el Doctor Lisandro Pérez, escribió: "la posibilidad de seleccionar a doce ciudadanos del condado de Miami-Dade que puedan ser imparciales en un caso que implica a agentes reconocidos del gobierno cubano es prácticamente cero" Lisandro Pérez
Contra el derecho de los acusados a tener un juicio justo ante un jurado imparcial pesaban las intensas presiones locales por vengar el derribo de las avionetas. Cuando la defensa señaló que de acuerdo con la ley actual el clima de opinión hostil en Miami daba lugar a una probabilidad de injusticia tal que
"se requiere un cambio de sede para garantizar un juicio justo e imparcial"
la fiscalía respondió de forma indignada que la defensa estaba haciendo una comparación injusta entre el Miami cosmopolita y el pequeño pueblo de Texas en el que la defensa basaba su planteamiento. (Pamplin v. Mason, 364 F.2d 1, 5 (5to Cir. 1966). De hecho, tal y como reconocería más tarde el Fiscal de Estados Unidos para el Distrito cuando representaba a un cliente que enfrentaba un juicio civil en Miami, las similitudes eran más significativas que las diferencias. Con respecto al juicio de estos cinco cubanos, Miami no era un área cosmopolita diversa en la cual ningún grupo o ideología únicos controlaban la opinión pública, sino un área donde exiliados cubanos amargados ejercían un poder político y económico y, cuando eso no daba resultado, apelaban al terrorismo para controlar la opinión pública en lo relativo a cualquier tema relacionado con Cuba. El periodista Jim Mullin de Miami, en un extenso artículo noticioso que se presentó en el tribunal como prueba para lo relacionado con la sede, condenó abiertamente: "la excesiva violencia y la intimidación (que) han sido características del exilio durante más de 30 años"
y luego detalló decenas de atentados con bombas, agresiones, intentos de asesinato e incluso asesinatos en Miami y otros lugares (tales como el de Orlando Letellier-Moffit en Washington, D.C.) por parte de terroristas anticubanos. En ningún otro distrito los acusados se enfrentarían a posibles miembros de un jurado donde al menos el 20 % eran hombres y mujeres que se habían ido de Cuba por no estar de acuerdo con el gobierno al que los acusados estaban tratando de proteger. Entre los que se presentaron para servir como jurados había un director de la Fundación Nacional Cubano Americana, que proveyó fondos para los vuelos de Basulto dentro del espacio aéreo cubano, así como otras andanzas obviamente terroristas.
Fue eliminado sólo por lo que incluso la jueza caracterizó como “comportamiento extraño.” En ninguna otra jurisdicción los acusados estarían obligados a utilizar nueve de sus quince recusaciones perentorias solo para eliminar exiliados cubanos, o hijos de éstos, del jurado. En ninguna otra jurisdicción se enfrentarían a por lo menos dieciséis jurados potenciales que conocieran personalmente a alguien identificado en el acta de acusación como víctima, o a miembros de su familia. Uno de ellos dijo que José Basulto recibía tratamiento oficial como Persona Muy Importante (VIP) en el aeropuerto local. Solamente en Miami estos acusados serían juzgados por un jurado proveniente de una comunidad permeada por lo que el Doctor Pérez denominó como una “ideología de exilio” que favorece la intervención militar de los Estados Unidos para deponer al gobierno cubano y apoya la invasión armada por parte de los exiliados – actitudes confirmadas por encuestas independientes no relacionadas con el caso. Estas posiciones son tan bien conocidas – al igual que las consecuencias de oponerse a las mismas – que los jurados potenciales admitieron de inmediato que tendrían temor a las represalias
"si no regresaba con un veredicto acorde con el sentir de la comunidad cubana, con su sentir de cómo debe ser el veredicto"
Miami se caracteriza por ser la única ciudad en los Estados Unidos donde los músicos cubanos no pueden actuar y los artistas cubanos no pueden exhibir sus obras sin enfrentarse a protestas tumultuarias, y donde los organizadores de conferencias académicas requieren de protección especial porque contarán con la asistencia de académicos cubanos. Miami es la única ciudad en los Estados Unidos que preferiría cancelar competencias deportivas internacionales antes de permitir la presencia de atletas cubanos. Incluso la ceremonia de entrega de los prestigiosos Grammys Latinos tuvo que ser trasladada de Miami dos veces luego de que la violencia y las amenazas de violencia obligaron a buscar otra sede. El Condado de Miami-Dade es la única jurisdicción que aprobó un decreto anticonstitucional que obliga a todos los que buscan fondos para labores artísticas a jurar que no han tenido tratos con Cuba en los diez años anteriores. Y es la única jurisdicción con un monumento en el interior del edificio del gobierno local dedicado a los caídos en el incidente, así como calles y una plaza que llevan sus nombres.
Estos hechos reflejan el extraordinario poder de una comunidad en el exilio que ha logrado dominar la política local en Miami-Dade de una forma única en la experiencia de los inmigrantes. En el marco de dos generaciones, ha elegido a tres cubanos ultraderechistas para el Congreso de los Estados Unidos. Una de ellos, Ileana Ross - Lehtinen, recibió información sobre el arresto de los acusados a título de cortesía profesional. Su esposo es un exfiscal General de los Estados Unidos; su director de campaña fue Jeb Bush. Seis de los Comisionados del Condado de Miami-Dade son cubanos, al igual que lo es el Alcalde, el Fiscal del Estado, el jefe de la policía del condado, el jefe de bomberos, el superintendente escolar, y el rector de la universidad pública y de los sistemas comunitarios de educación superior. Los cubanos no son la más grande minoría de Miami, sino también el más grande grupo étnico individual. A diferencia de la mayor parte de los inmigrantes, no representan a los pobres y oprimidos, sino al sector más rico y privilegiado de su país de origen. En Miami, sus caudillos políticos de derecha garantizan que solamente los candidatos que adopten la postura más dura con respecto a Cuba puedan progresar en las urnas y en otros cargos de poder hasta lograr representar a la comunidad. También se encuentran entre los principales empleadores y los mayores donantes financieros de los dos partidos políticos y controlan la mayor parte de los medios locales de divulgación masiva.
De acuerdo con el Doctor Lisandro Pérez, dos sucesos han servido para galvanizar a esta comunidad y reforzar su peculiar “ideología de exilio” caracterizada por una mentalidad de “estado de guerra”. Uno fue la controversia que inspiró al alcalde de Miami a anunciar que no autorizaría a la policía local a que ayudara a aplicar una orden federal para devolver a un niño –Elián González– a su padre. El otro fue el incidente que se encuentra en el centro de los cargos contra los Cinco: la decisión de derribar los aviones el 24 de febrero de 1996. Fue contra este telón de fondo que tuvo lugar el juicio en Miami.
Injustas y desmesuradas sentencias
Después de un proceso ilegítimo la jueza, que no aceptó ninguna de las atenuantes de la Defensa y aplicó todas las agravantes de la Fiscalía, dictó sentencias desmesuradas e injustas, aplicando las máximas condenas en cada caso, aun cuando los cargos principales no pudieron ser probados, vulnerando, entre otros, el Articulo 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de Naciones Unidas que refrenda "(...) toda persona tendrá derecho a ser oída públicamente y con las debidas garantías por un tribunal competente, independiente e imparcial (...)"
Gerardo Hernández, sentenciado a dos cadenas perpetúas por conspiración para cometer asesinato en primer grado y conspiración para cometer espionaje, respectivamente.
Además, 15 años por los cargos de conspiración para cometer delito contra Estados Unidos, documentación falsa y agente extranjero sin previa declaración al Fiscal de Estados Unidos.
Ramón Labañino, condenado a cadena perpetua por el cargo de conspiración para cometer espionaje, más 18 años por los cargos de conspiración para cometer delito contra Estados Unidos, documentación falsa y agente extranjero sin previa declaración al Fiscal de Estados Unidos.
Antonio Guerrero, sentenciado a cadena perpetua por conspiración para cometer espionaje, más 10 años por los cargos de conspiración para cometer delito contra Estados Unidos y agente extranjero sin previa declaración al Fiscal de Estados Unidos.
Fernando González, 19 años de prisión por conspiración por cometer delito contra Estados Unidos, documentación falsa y agente extranjero sin previa declaración al Fiscal de Estados Unidos.
René González, 15 años de privación de libertad por los cargos de conspiración para cometer delito contra Estados Unidos y agente extranjero sin previa declaración al Fiscal de Estados Unidos.
Otras violaciones de los Derechos Humanos
El gobierno de Estados Unidos ha obstaculizado sistemáticamente las visitas de las madres, esposas e hijos de los prisioneros, lo que constituye una sanción adicional para ellos y sus seres queridos.
respectivamente, e Ivette González, la pequeña hija de René, no han podido visitarlos. De igual manera, las autoridades norteamericanas han dificultado las visitas de los abogados de la Defensa y las de funcionarios consulares cubanos radicados en Estados Unidos, lo que desconoce arbitrariamente el Articulo 37 de las Reglas Mínimas para el tratamiento de reclusos. Separados entre sí en prisiones alejadas unas de otras, los cinco han sido sometidos a duros castigos para tratar de quebrar su integridad psíquica y física, confinamientos en solitario en celdas de castigo (huecos) por períodos de 17 meses y de 48 días sin haber cometido falta alguna a despecho del propio Reglamento del Buró de Prisioneros de Estados Unidos que precisa:
"(...) el tiempo máximo de confinamiento en celdas de castigo no debe exceder 60 días (...)"
y del Artículo 7 del Pacto Internacional de Derechos Cívicos y Políticos que señala:
"(...) Nadie será sometido a torturas, ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes (...)"
Los cinco luchadores contra el terrorismo han recibido tratamiento de delincuentes comunes y con ellos conviven en las penitenciarias, lo que viola el Articulo 8 de las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos:
"(...) Los reclusos pertenecientes a categorías diversas deberán ser alojados en diferentes establecimientos o en diferentes secciones dentro de los establecimientos según su sexo y edad, sus antecedentes y motivos de detención (...)"
En agosto de 2011 con el auspicio de varias instituciones norteamericanas, se hicieron públicos documentos que revelaban operaciones secretas de propaganda financiada por el gobierno de los Estados Unidos. Los pagos fueron efectuados a The Miami Herald, El Nuevo Herald, Diario Las Américas, y de las emisoras de radio y televisión de Miami.[2][3] Argumentos de la Defensa ante la Corte de Apelaciones
Teniendo como precedente la decisión de la Corte Suprema de Estados Unidos en el caso Pamplin vs. Mason, en que esta falló que no se puede juzgar a nadie en un lugar donde existan comprobados y masivos prejuicios sobre las personas a juzgar, solicitan se anule el juicio y se celebre otro en una nueva sede, fuera de la ciudad de Miami, donde es conocido que existe una profunda hostilidad contra los revolucionarios cubanos, que es el caso de los jóvenes encarcelados. Si la Corte de Apelaciones de Atlanta anulara el juicio anterior y se realizara uno nuevo fuera de la ciudad de Miami, respetando las reglas del debido proceso, se podría contar con un jurado imparcial, que no estuviera lastrado por prejuicios políticos y sometido a presiones de toda índole, lo que permitiría comprobar la inocencia de los cinco cubanos de los graves cargos que se les imputan. Los argumentos de principio de la defensa fueron los siguientes:
A los acusados se les negó un juicio justo, ya que Miami era una sede en la cual ellos no podían recibir una consideración justa de su caso.
La conspiración para cometer espionaje no fue probada, más allá de una duda razonable.
La conspiración para cometer asesinato por parte de Gerardo Hernández no fue no solo no probada más allá de una duda razonable (como fue concedido por el gobierno), sino que el cargo no tiene precedente en el derecho norteamericano, ya que el derribo de las avionetas fue un acto de un Estado protegiendo su soberanía, su tierra y su pueblo.
Las sentencias fueron excesivas y en violación de las orientaciones apropiadas.
Los procedimientos secretos invocados por el gobierno y la conducción del juicio fueron violaciones fundamentales de la Constitución de Estados Unidos. Cualquier acto realizado por los cinco acusados, todos ellos sin uso de armas y relacionados con un supuesto espionaje, estaban justificados por la Doctrina de la Necesidad, y por lo tanto, son excusables en Derecho.
Véase también:
Inocencia de los Cinco
No existen pruebas directas ni circunstanciales que los incrimine como espías. De hecho, a dos de ellos no se les pudo probar estos cargos.
Se les condenó única y exclusivamente por haber luchado, a riesgo de sus vidas, contra grupos terroristas que operan libremente en Miami. Las actividades criminales de estos grupos constan en documentos oficiales norteamericanos y han sido reflejadas en la prensa e incluso reconocidas públicamente por sus propios autores.
Fueron víctimas de un proceso turbio, con un jurado completamente prejuiciado, sin que hayan tenido la posibilidad de acogerse al cambio de jurisdicción, moción presentada por los abogados y que fuera denegada, aun cuando los resultados de encuestas aseguraran la animosidad existente contra los acusados.
El gobierno norteamericano en muchas ocasiones ha dado el visto bueno a las acciones criminales de los grupos anticubanos del Miami contra Cuba, lo que viola la Ley de Neutralidad, de ese país.
Se violó flagrantemente la VI Enmienda de la Constitución de Estados Unidos porque:
a) Para que pudieran tener un juicio debieron esperar casi dos años, recluidos en condiciones infrahumanas, sin tener contacto siquiera con sus familiares más cercanos.
b) Pasaron más de un año sólo en la vista oral del juicio y en la selección del jurado.
c) No lograron el cambio de jurisdicción para la celebración de un juicio imparcial, y tuvieron que resignarse a un juicio en medio de un ambiente francamente hostil.
Se violaron la VIII Enmienda de la Constitución de Estados Unidos y las normas de la ONU sobre el tratamiento de los presos y detenidos y las propias regulaciones carcelarias norteamericanas al mantenerlos en confinamiento solitario por dos períodos — el primero de 17 meses y el segundo de 48 días — que obstaculizó gravemente su defensa y les ha ocasionado a ellos y a sus familiares sufrimientos injustificables que constituyen violaciones flagrantes de sus derechos humanos. Se les niega la condición de prisionero político, y se les mantiene sujetos a un régimen igual y en medio de delincuentes comunes.
Sufren sus condenas en cinco cárceles ubicadas en lugares distantes entre sí y en territorio de Estados Unidos, lo cual hace sumamente difíciles sus contactos con familiares y amigos y les impone así condiciones peores a las que sufre el resto de la población penal.
Se violó la IV Enmienda de la Constitución de Estados Unidos, al ser despojados de todas sus pertenencias de manera arbitraria, primero en sus propios domicilios, donde fueron arrebatadas hasta las fotos familiares, y más tarde, el 26 de junio de 2001, como represalia por su Mensaje al pueblo norteamericano, en que son conducidos nuevamente al "hueco" y despojados otra vez de todas sus pertenencias personales, incluyendo cartas, fotos, poemas, la máquina de escribir y hasta el más pequeño pedazo de lápiz de escribir; les arrebataron también los radios y les restringieron excesivamente todas las llamadas telefónicas. Se violó la Doctrina del Acto de Estado , al juzgar la decisión y actuación en legítima defensa de la República de Cuba por derribar las avionetas del 24 de febrero de 1996 que violaron ex profeso las aguas territoriales cubanas. Se ignoró la Ley de Libertad de Información (FOIA) al no acceder a solicitudes de la defensa para que fuesen considerados como pruebas documentos oficiales relevantes al esclarecimiento de los hechos. Se utilizó la Ley de procedimiento de información clasificada (CIPA), al amparo de la cual se manipularon "pruebas" y se utilizaron selectiva y arbitrariamente. El gobierno clasificó todas sus "pruebas" como secretas, con lo cual se complicó el proceso y se hizo aun más difícil la labor de la defensa. Se manipularon los testigos, y se ejerció presión abierta sobre varios de ellos, por la Fiscalía en el tribunal y por medios de prensa para evitar que revelasen informaciones de utilidad para la defensa.
Hubo un comportamiento sospechosamente inusual del jurado: anunció el día y la hora exactos en que pronunciaría su veredicto, no solicitó aclaración, no expresó duda alguna a pesar de la complejidad que se suponía a su tarea — decidir tras un complicado proceso de cinco meses, una documentación de decenas de miles de páginas y decenas de cargos contra cinco acusados — y emitió un veredicto de culpabilidad para los cinco en todos los cargos imputados.
Todo este proceso ha constituido un escandaloso respaldo a los grupos terroristas anticubanos que operan en Miami. Se probó que los cinco habían actuado única y exclusivamente contra esos grupos. Los terroristas anticubanos han celebrado públicamente su "victoria" y han manifestado abiertamente el estímulo que este proceso significa para sus actividades criminales.
Véase también
Proceso de resentencia
El 13 de octubre de 2009 comenzó el proceso de resentencia de Antonio Guerrero, Fernando González y Ramón Labañino que concluyo el 8 de diciembre de 2009 en la Corte de Distrito de Miami que había sido dispuesto por el Onceno Circuito de la Corte de Apelaciones de Atlanta. La sentencia original de Fernando González (19 años) fue modificada a 17 años más 9 meses en prisión, mientras la de Ramón Labañino (1 cadena perpetua más 18 años), reducida a 30 años en prisión.
La audiencia de resentencia de Antonio Guerrero tuvo lugar el 13 de octubre. Su sentencia (1 cadena perpetua más 10 años) fue reducida a 21 años más diez meses en prisión y 5 años de libertad supervisada.
Las sentencias de Gerardo Hernández (2 cadenas perpetuas más 15 años) y René González (15 años) fueron ratificadas por la Corte de Apelaciones y en consecuencia excluidas de este proceso.
Solidaridad
El caso de los Cinco cubanos prisioneros en cárceles de Estados Unidos sentenciados por conspiración en dudosos juicios ha provocado indignación y también una solidaridad en todos los continentes que forman el planeta Tierra.
Son mayores las acciones para la liberación de los Cinco, imponiéndose un reforzamiento superior de solidaridad internacional que posibilite conocer en todo el mundo la injusticia de mantener en cautiverio a inocentes, mientras Estados Unidos aúpa a verdaderos terroristas, encabezados por el criminal Luis Posada Carriles. Ante las últimas actuaciones y vistas de la corte de Atlanta en contra de Antonio Guerrero, Ramón Labañino y Fernando González se ha expresado ante la opinión pública nacional e internacional la total condena y rechazo a las re-sentencias condenatorias impuestas contra los cinco .
Se ha dejado constancia de todo el montaje publicitario, jurídico y violatorio a los más elementales derechos humanos contra los cinco antiterroristas cubanos, de la perversidad y actuaciones deliberadas y vergonzosas por parte del actual gobierno norteamericano representado por Barack Obama y flamante Premio Nobel de la Paz 2009, quien ofrece rebajar las sentencias si los cinco se hacen responsables de la supuesta comisión de espionaje y terrorismo que se les acusa. La respuesta de los cinco héroes ha sido clara y categórica, sin aceptar chantajes, favoritismos o regalías respectivamente.
Los Cinco, desde el inicio de sus arrestos hasta los actuales momentos, se mantienen ecuánimes y firmes ejerciendo los sagrados principios del decoro, honor y defensa de los principios y valores revolucionarios.
El crimen jurídico, la corrupción declarada por las cortes que han conocido los casos, permanecen falazmente ante los ojos de la comunidad internacional y de los pueblos respetuosos de los procesos jurídicos nacionales e internacionales como auténticos y promotores violadores de los derechos humanos. Ante la observancia de los injustos procesos contra la integridad declarada y ratificada la inocencia de los cinco héroes cubanos se condena a nivel internacional:
Directamente al actual presidente norteamericano y premio nobel de la paz 2009, Barack Obama, como un claro y total violador de los derechos humanos.
Directamente al gobierno norteamericano por encubrir al terrorista más buscado del continente americano Luis Posada Carriles quien vive libremente en la ciudad de Miami preparando junto a los servicios de inteligencia norteamericanos CIA y mercenarios cubanos, atentados criminales contra el pueblo cubano y sus autoridades respectivamente. El Bloqueo y el encarcelamiento de los cinco héroes, no es ni más ni menos que un ataque político sin precedentes contra los valores y las conquistas del pueblo cubano de haber construido una sociedad libre de intervencionismos, independiente soberano y revolucionario. (Tomado de EcuRed)