viernes, 3 de octubre de 2014

Barbados: Un crimen sin castigo





    El vuelo 455 de Cubana de Aviación, el cual se dirigía desde la isla de Barbados a la de Jamaica -con destino en la capital cubana de La Habana- fue destruido en un atentado terrorista que tuvo lugar el 6 de octubre de 1976.
    Las 73 personas a bordo de la aeronave, un Douglas DC-8 de fabricación estadounidense, resultaron muertas en el hasta entonces peor ataque de este tipo en el hemisferio occidental. En el luctuoso hecho se utilizaron dos bombas, descritas como dinamita o explosivo C-4.
    La evidencia posterior implicó a varios individuos contrarios a la Revolución del exilio cubano que tenían vínculos con la CIA, además de algunos miembros de la policía secreta venezolana de aquel entonces (la denominada Dirección de los Servicios de Inteligencia y Prevención -DISIP-).

    Además, el hecho tuvo rápidamente implicaciones políticas internacionales cuando el gobierno cubano acusó, aunque sin pruebas en concreto, al gobierno de los Estados Unidos de complicidad en el ataque.
     Documentos de la CIA recién desclasificados en 2005 indican que esa agencia estadounidense “tenía inteligencia concreta de avanzada, tan temprano como junio de 1976, sobre planes de grupos terroristas cubanos exiliados, de atacar con una bomba un avión de línea de Cubana”. Por su parte, el antiguo agente de la CIA Luis Posada Carriles negaría haber estado personalmente involucrado en el atentado, pero no obstante proveería varios detalles del mismo en su libro de 1994 Los caminos del guerrero.
    Cuatro hombres fueron arrestados en relación al atentado, y se realizó un juicio al respecto en Venezuela: Freddy Lugo y Hernán Ricardo Lozano fueron sentenciados a 20 años de prisión, pero Orlando Bosch fue finalmente absuelto debido a defectos técnicos en la consecución de las pruebas o evidencia por parte de la fiscalía y ahora vive en la ciudad de Miami, la capital del exilio cubano (al sur del estado de la Florida).
    Por su parte, Luis Posada Carriles estuvo detenido durante ocho años mientras aguardaba una sentencia definitiva, pero eventualmente logró huir. Con posterioridad ingresó a los Estados Unidos, donde estuvo detenido por haber ingresado ilegalmente a su territorio, siendo liberado el 19 de abril de 2007.

El atentado
    El 6 de octubre de 1976, el vuelo CU-455 de Cubana de Aviación partió desde Guyana hacia la capital cubana de La Habana, vía las islas de Trinidad, Barbados y Jamaica. Sin embargo, el avión no logró llegar ni siquiera a Kingston, ya que a las 17:24, sólo nueve minutos después de haber despegado desde el Aeropuerto de Seawell y a unos 18.000 pies de altura, explotó una bomba que estaba escondida en el baño trasero.
    El capitán de ese vuelo, el piloto Wilfredo Pérez Pérez, emitió por radio el siguiente mensaje a la torre de control: «!Tenemos una explosión a bordo, estamos descendiendo inmediatamente!... ¡Tenemos fuego a bordo! ¡Solicitamos aterrizar de inmediato! ¡Tenemos una emergencia total!». La aeronave inició un descenso rápido, mientras ambos pilotos trataban infructuosamente de llevar la aeronave de regreso al Aeropuerto de Seawell.
    Una segunda bomba explotó en el lapso de los siguientes minutos, contribuyendo definitivamente a que el avión se estrellase.
    Como realizar un aterrizaje de emergencia ya no era posible, parece que el capitán decidió enfilar la aeronave hacia el Océano Atlántico, salvando eventualmente las vidas de los turistas que se encontraban en las playas cercanas. El avión finalmente se estrelló a unos 8 km del aeropuerto.
    Las 73 personas a bordo murieron (48 pasajeros y 25 miembros de la tripulación). Según su desglose por nacionalidades, se trató de 57 cubanos, 11 guyanenses y 5 norcoreanos. Entre los fallecidos se encontraban los 24 miembros del equipo nacional juvenil de esgrima cubano, quienes regresaban a Cuba luego de haber ganado todas las medallas de oro en el Campeonato Centromericano y del Caribe; varios de ellos no llegaban ni siquiera a los 20 años de edad.
    Algunos funcionarios cubanos también se encontraban en el avión: Manuel Permuy Hernández, entonces director del Partido Comunista del Instituto Nacional de Deportes (INDER), Jorge de la Nuez Suárez, secretario del PCC para la flota pesquera de camarones Alfonso González, comisionado nacional de deportes con armas de fuego y Domingo Chacón Coello, agente del Ministerio del Interior.

     Por su parte, los 11 pasajeros de Guyana incluían a estudiantes de medicina de sólo 18 y 19 años de edad, además de la joven esposa de un diplomático de ese país sudamericano. Por su parte, los cinco norcoreanos eran funcionarios del gobierno de Kim Il Sung, además de un camarógrafo.

Arrestos
     Horas después de las dos explosiones, las autoridades de Trinidad y Tobago arrestaron a Freddy Lugo y a Hernán Ricardo Lozano, dos hombres venezolanos que habían abordado el avión en Trinidad y que en teoría viajaban a Cuba como destino final, pero que finalmente desembarcaron en la escala intermedia de Barbados, antes de volver a su isla de partida. Evidentemente, se trataba de un movimiento que ya desde entrada resultaba ser muy sospechoso.
    Luego se descubriría que Ricardo había estado previamente viajando bajo una identidad falsa, bajo el nombre de un tal José Vázquez García. Lugo y Ricardo finalmente confesaron, declarando haber actuado bajo órdenes de Luis Posada Carriles. Sus testimonios, además de otras pruebas o evidencias adicionales, implicaron a Posada Carriles junto a otro venezolano, Orlando Bosch.
    El 14 de octubre de 1976, tanto Posada Carriles como Bosch fueron arrestados en Caracas, Venezuela y las oficinas de “Investigaciones Comerciales e Industriales C.A.” (ICICA), una agencia de privada de investigaciones de la que Posada era dueño, fueron allanadas. Allí se encontraron armas, explosivos y un transmisor de radio. Ricardo era un empleado del ICICA cuando se produjo el ataque, mientras que Lugo trabajaba como fotógrafo para el Ministerio de Minas e Hidrocarburos.
    El siguiente 20 de octubre, funcionarios oficiales de Barbados, Cuba, Guyana, Trinidad y Tobago y Venezuela, mantuvieron una reunión en la capital triniteña de Puerto España, durante la cual tomaron de decisión de que se realizase un juicio en tierra venezolana, debido a que esa era la nacionalidad de los cuatro acusados. Poco tiempo después, Lugo y Ricardo fueron deportados a Venezuela.
    El 25 de agosto de 1977, la juez Delia Estava Moreno derivó el caso a un tribunal militar, acusando a los cuatro conspiradores de haber cometido y traición. Tres años después, en septiembre de 1980, un juez militar venezolano absolvió a los cuatro hombres.
    El fiscal apeló, argumentando que una corte militar era el foro judicial equivocado para juzgar el caso por dos razones: ninguno de los hombres acusados tenía grado militar alguno en 1976, y el delito de homicidio calificado no puede ser juzgado por un tribunal militar, sino por uno penal común.
    Por lo tanto, la Corte Militar de Apelación acordó declararse incompetente y renunciar a su jurisdicción respecto del eventual procesamiento de los sospechosos por parte de la misma. El juez sentenció que los acusados “son civiles y los crímenes que se les imputa están regidos por el Código Penal (y no por el de justicia militar)... Los delitos comunes no están sujetos a las disposiciones del Código de Justicia Militar...”
     Los cuatro fueron entonces acusados, ante la Corte Penal N° 11 de Venezuela, de los cargos de homicidio agravado. El 8 de agosto de 1985, el juez Alberto Pérez Marcano sentenció a Lugo y a Ricardo a cumplir 20 años de prisión cada uno. No obstante, el juez se abstuvo de aplicar una pena mayor “debido a la circunstancia de no tener un prontuario criminal previo”.
   Con respecto a Orlando Bosch Ávila, éste fue finalmente absuelto porque las pruebas recolectadas por las autoridades de la pequeña isla de Barbados durante el transcurso de la investigación no pudieron ser utilizadas en el juicio que se había previamente iniciado en Venezuela, ya que fueron presentadas demasiado tarde y aún no habían sido traducidas del inglés al español.
     Por otro lado, Posada Carriles huyó de la penitenciaría de San Juan de los Morros en víspera de que el tribunal pronunciase su sentencia. Justamente había sido confinado a esa prisión luego de dos fallidos intentos de fuga anteriores. Posteriormente se alegaría que las autoridades venezolanas implicadas en su detención habían sido sobornadas para ayudarlo a escapar, o que le habrían permitido hacerlo.

     En esas nuevas condiciones, no se pudo alcanzar ningún veredicto contra él porque, según el Código Penal entonces vigente en Venezuela, un proceso judicial no podía ser en ausencia (in absentia) y por el contrario requería la presencia del acusado durante la sustanciación del mismo. La Corte entonces emitió una orden de detención contra él, la cual en noviembre de 2005 aún se encontraba pendiente.

    Otro juez ordenó que el fuese revisado por una Corte de Apelación. El entonces gobierno venezolano declinó apelar el caso, y en noviembre de 1987 Orlando Bosch Ávila fue liberado. Había cumplido 11 años de prisión, a pesar de haber sido absuelto, no una sino dos veces. Por su parte, Lugo y Lozano fueron finalmente liberados en 1993 y continuaban residiendo en Venezuela. Por su parte, Posada Carriles huyó a Panamá, el terrorista más connotado de América está protegido y gozando de plena libertad en Miami, paseándose por las calles como “héroe maldito” de la extrema derecha cubana.
El crimen de Barbados hasta ahora sigue impune. Seis de Octubre. Un día de dolor, infamia y vergüenza. Hasta un día.

No hay comentarios:

Publicar un comentario